Decretos rectorales
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Examinando Decretos rectorales por Director "Cheyne-García, Alejandro"
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- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1647: Por el cual se modifica el artículo 3 del Decreto Rectoral 1606 de 2019 que reglamenta los beneficios y apoyos económicos a profesores y funcionarios administrativos de la Universidad para acceder a estudios de posgrado de especialización y maestría(2020-09-16) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector de la Universidad del Rosario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las constituciones que rigen la institución y de la autonomía universitaria consagrada en el artículo 69 de la constitución política, CONSIDERANDO: 1) Que es necesario modificar el artículo 3 del Decreto 1606 de 2019 para establecer condiciones en el marco de la disponibilidad de recursos para la aplicación de todos los beneficios y apoyos a los profesores y funcionarios administrativos destinados a incentivar su formación académica de posgrado. DECRETA: Modificar el artículo 3 del Decreto Rectoral 1606 de 2019. 2) El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el artículo 3 del Decreto 1606 de 2019 y mantiene los demás artículos. 3) El presente Decreto será aplicable para las solicitudes que se presenten a partir de la fecha de su expedición.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1650: Por el cual se fijan los valores de matrícula para los programas de posgrado de la Universidad para el primer y segundo período académico del año 2021, diferentes a los programas médico-quirúrgicos.(2020-10-01) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en uso de sus atribuciones constitucionales, DECRETA: 1) Fijar los valores de las matrículas para los Estudiantes Nuevos que ingresarán a los períodos académicos 2021-1 y 2021-2, en los programas académicos de posgrado que se desarrollan en Bogotá. 2) Fijar los valores de las matrículas para los Estudiantes Nuevos de posgrado en los programas en extensión o ampliación de La Universidad que ingresarán a los períodos académicos 2021-1 y 2021-2. 3) Los pagos de los valores señalados en los artículos primero y segundo del presente Decreto que se efectúen hasta la fecha límite establecida por La Universidad se considerarán como realizados dentro del plazo ordinario. Los pagos que se efectúen de manera posterior a esta fecha límite serán considerados como realizados en plazo extraordinario y estarán sujetos, por lo tanto, a un incremento del 10% sobre los valores referidos en los artículos primero y segundo del presente Decreto. 4) El valor a pagar por matrícula para los Estudiantes Antiguos no tendrá incremento para el año 2021, así mismo el valor a pagar corresponderá al definido para su semestre o cohorte de ingreso. 5)Para la apertura de un curso inter-semestral de especializaciones, se requerirá un número mínimo de siete (7) estudiantes. Se autorizará un número menor, siempre y cuando los participantes cubran el faltante hasta completar el ingreso equivalente a la participación de siete (7) estudiantes. Para el caso de maestrías y doctorados, se requerirá un número mínimo de cuatro (4) estudiantes; se podrá autorizar un número menor, siempre y cuando, los estudiantes matriculados al inter-semestral cubran voluntariamente el faltante hasta completar el ingreso equivalente a la participación de cuatro (4) estudiantes. 6) Ningún Estudiante Antiguo o Estudiante Nuevo podrá inscribir por período académico semestral menos del 25% de los créditos establecidos por período para el programa que cursa.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1654: Por el cual se fija el valor de matrícula para el programa de pregrado de Creación, como norma complementaria del Decreto Rectoral 1646 del 15 de septiembre de 2020(2020-10-02) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en uso de sus atribuciones constitucionales CONSIDERANDO: Que es necesario establecer el valor de matrícula del programa de CREACIÓN perteneciente a la facultad de Creación, debido a la aprobación del registro calificado de dicho programa por parte del Ministerio de Educación, mediante Resolución 8245 del 27 de mayo de 2020. Que por lo tanto, se requiere complementar el Decreto Rectoral 1646 del 15 de septiembre de 2020 que fija los valores de matrículas de pregrado para el 2021. DECRETA: 1) fijar el valor de la matrícula para los Estudiantes Nuevos que ingresarán al período académico 2021-1 al programa de CREACIÓN. 2) El valor del crédito adicional para el programa de CREACIÓN. y 3) El presente decreto no modifica ninguna de las disposiciones y tarifas dispuestas en el Decreto Rectoral 1646 del 15 de septiembre de 2020.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1657: Por el cual se fijan los valores de los derechos pecuniarios diferentes a matrículas para el 2021.(2020-10-22) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en uso de sus atribuciones constitucionales DECRETA: 1) Fijar el precio de los derechos pecuniarios diferentes a los de matrícula, por los servicios que presta la Universidad y que serán aplicables entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2021. 2) El valor a cancelar por concepto de presentación del examen Saber Pro será asumido por los estudiantes, de acuerdo con las tarifas establecidas por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación ICFES en la resolución del año 2020
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1668: Creación del Programa de Maestría en Bioderecho y Bioética en modalidad de profundización(2020-11-27) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que la Facultad de Jurisprudencia en sus programas de Pregrado, Especialización, Maestría y Doctorado es reconocida como una fortaleza de la Universidad por la sólida formación que imparte, la investigación que ha desarrollado y el permanente ánimo de innovación que la asiste, todo lo cual se refleja en la alta calidad de sus egresados. Que en virtud de lo anterior los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Maestría en Bioderecho y Bioética en modalidad de profundización, como parte integral de la oferta de la Facultad de Jurisprudencia. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 25 de noviembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Maestría en Bioderecho y Bioética en modalidad de profundización. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1669: Creación del programa de Doctorado en Ciencias Naturales(2020-11-27) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Doctorado en Ciencias Naturales como parte integral de la oferta de la Facultad de Ciencias Naturales, en el propósito de aportar a la consolidación de la formación doctoral y la investigación a nivel institucional, nacional y regional. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 25 de noviembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa de Doctorado en Ciencias Naturales y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Doctorado en Ciencias Naturales. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto rectoral 1670: creación del programa Maestría en Business Analytics en modalidad de profundización(2020-11-27) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Maestría en Business Analytics en modalidad de profundización y bajo el enfoque URsteam, como parte integral del portafolio académico de la Escuela de Administración y la Escuela de Ingeniería, Ciencia y Tecnología. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 25 de noviembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Maestría en Business Analytics en modalidad de profundización. 2) 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1671: Creación del programa de Especialización en Educación para la Paz y Formación Ciudadana en metodología blended - Bogotá y Guaviare(2020-11-27) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que la Escuela de Ciencias Humanas en sus programas de Pregrado, Especialización y Maestría es reconocida como una fortaleza de la Universidad por la sólida formación que imparte, la investigación que ha desarrollado y el permanente ánimo de innovación que la asiste, todo lo cual se refleja en la alta calidad de sus egresados. Que en virtud de lo anterior los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Especialización en Educación para la Paz y Formación Ciudadana para ser ofrecido en modalidad Blended, en las ciudades de Bogotá y Guaviare, como parte integral del portafolio académico de la Escuela. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 25 de noviembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Especialización en Educación para la Paz y Formación Ciudadana en metodología blended, para ser ofrecido en las ciudades de Bogotá y Guaviare. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1672: Creación del programa de Especialización en Gestión del Turismo Sostenible en metodología presencial, para ser ofrecido en las ciudades de Bogotá, Yopal y Guaviare.(2020-11-27) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que la Facultad de Ciencias Naturales y la Escuela de Administración en sus programas de Pregrado, Especialización, Maestría y Doctorado son reconocidas como fortaleza de la Universidad por la sólida formación que imparten, la investigación que han desarrollado y el permanente ánimo de innovación que las asiste, todo lo cual se refleja en la alta calidad de sus egresados. Que en virtud de lo anterior los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Especialización en Gestión del Turismo Sostenible para ser ofrecido en modalidad presencial, en las ciudades de Bogotá, Yopal y Guaviare, como parte integral del portafolio académico de ambas unidades académicas. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 25 de noviembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Especialización en Gestión del Turismo. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1676: creación del programa de Especialización en Actividad Física, Deporte y Salud - Bogotá y Neiva(2020-12-10) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario y la Universidad Surcolombiana de Neiva, propician la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que la Escuela de Medicina y Ciencias de la Salud en sus programas de Pregrado, Especialización, Maestría y Doctorado, es reconocida como una fortaleza de la Universidad por la sólida formación que imparte, la investigación que ha desarrollado y el permanente ánimo de innovación que la asiste, todo lo cual se refleja en la alta calidad de sus egresados. Que en virtud de lo anterior los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Especialización en Actividad Física, Deporte y Salud para ser ofrecido en las ciudades de Bogotá y Neiva; esta última, en calidad de ampliación, a través de convenio desarrollado con la Universidad Surcolombiana. Que el Comité de Autorregulación Académica – Mesa de Creación de Programas en su sesión del 9 de diciembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Especialización en Actividad Física, Deporte y Salud. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1677: creación del programa de Maestría en Fisioterapia Clínica, en modalidad de profundización(2020-12-10) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y el crecimiento de la nación colombiana. Que los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Maestría en Fisioterapia Clínica en modalidad de profundización, el cual hará parte integral del portafolio académico de la Escuela de Medicina y Ciencias de la Salud. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 9 de diciembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Maestría en Fisioterapia Clínica. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1678: Creación del programa de Especialización Médico Quirúrgica en Hepatología Clínica(2020-12-10) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y el crecimiento de la nación colombiana. Que los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Especialización Médico Quirúrgica en Hepatología Clínica, el cual se desarrollará con una alianza docencia – servicio con la Fundación Cardio Infantil y hará parte integral del portafolio académico de la Escuela de Medicina y Ciencias de la Salud. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 9 de diciembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Especialización Médico Quirúrgica en Hepatología Clínica. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1679: Creación programa de Maestría en Ciudades Inteligentes y Sostenibles en modalidad de profundización(2020-12-10) Universidad del Rosario; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario propicia la generación de nuevas áreas del conocimiento y de nuevos programas académicos que resulten adecuados para la realidad del país y se constituyan en fuentes de soluciones y desarrollos innovadores para el avance y crecimiento de la nación colombiana. Que los equipos académicos de la Universidad han diseñado el programa de Maestría en Ciudades Inteligentes y Sostenibles en modalidad de profundización, bajo el enfoque URsteam, como parte integral del portafolio académico de la Escuela de Ingeniería, Ciencia y Tecnología y la Facultad de Estudios Internacionales, Políticos y Urbanos. Que la Consiliatura, máximo organismo directivo de la Universidad, en su sesión del 9 de diciembre de 2020, se ha informado ampliamente del programa y ha considerado conveniente darle su aprobación para que continúe los trámites requeridos para su autorización por el organismo competente del Gobierno Nacional. DECRETA: 1) Créase el programa de Maestría en Ciudades Inteligentes y Sostenibles en modalidad de profundización. 2) Notifíquese al Ministerio de Educación Nacional.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1689: Por el cual se amplía la vigencia de los Decretos Rectorales 1623 y 1649 de 2020 para el reconocimiento de las becas extraordinarias de apoyo económico “Becas Rector Masústegui” y se extiende transitoriamente para el reconocimiento de las becas ordinarias con destino al pago de matrículas del periodo 2021-2.(2021-04-08) Universidad del Rosario. Secretaría General; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en uso de sus atribuciones constitucionales y, CONSIDERANDO: Que, debido a la prolongación de la coyuntura del país que afectó las condiciones económicas para algunos estudiantes antiguos de pregrado y posgrado, cuyos recursos se vieron disminuidos ostensiblemente, y para aquellos que se mantienen con dificultades para el pago de la matrícula del período 2021-2, es necesario ampliar las becas extraordinarias de apoyo económico Becas Rector Masústegui por un periodo adicional, como parte de las ayudas extraordinarias y de carácter transitorio que buscan promover la continuidad de los estudios de los estudiantes. Que se sumarán al saldo disponible de la convocatoria 2021-1 de las “Becas Rector Masústegui”, los recursos de las campañas Corazón Rosarista y Hagámoslo Posible, del programa Sueño Ser, más el rubro adicional que la Consiliatura disponga para tal fin, para ser destinados a una tercera convocatoria 2021-2 como apoyo económico para los estudiantes antiguos de pregrado y posgrado que más lo necesiten, dada su situación socioeconómica actual. Que, en virtud del principio de eficiencia y de economía procedimental, con carácter transitorio para el 2021-2 se reconocerán bajo una misma convocatoria y procedimiento las becas extraordinarias de apoyo económico “Becas Rector Masústegui” y las becas ordinarias de la Universidad, conforme las disposiciones del presente decreto. 1. Ampliación de vigencia; 2. Criterios para la aplicación; 3. Aplicación transitoria para becas ordinarias; 4. Vigencia.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1690: Por el cual se adopta el reglamento de los programas de educación continua de la Universidad del Rosario.(2021-04-28) Universidad del Rosario, Secretaria General; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector la Universidad del Rosario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las Constituciones que rigen esta Universidad, en virtud de la autonomía universitaria establecida en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que la Universidad del Rosario, como institución de educación superior con reconocimiento de alta calidad y conforme a su autonomía universitaria encuentra necesario promover la formación en programas de educación informal, reconocida por la normativa nacional. Que la normativa nacional vigente reconoce la formación en educación informal, como la oferta de programas que tienen como objetivo brindar oportunidades para complementar, actualizar, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas, los cuales no conducen a ningún grado o título propios de la educación formal, ni a certificados de aptitud ocupacional propios de la educación para el trabajo y el desarrollo humano (antes educación no formal. En este tipo de formación en educación informal no se requiere licencia de funcionamiento ni de registro del programa ante ninguna autoridad. Que es necesario actualizar el reglamento de los programas de educación continua de la Universidad para ajustarlo a la normativa nacional vigente, en virtud de la cual corresponden a educación informal y, de otra parte, conforme a las necesidades sociales de formación y a los objetivos de excelencia académica de la Universidad. Que el reglamento de los programas de educación continua4 de la Universidad (educación informal) comprenderá las normas básicas, las reglas y los procedimientos que regulan la relación con los estudiantes de los programas de educación continua o informal para preservar los propósitos de excelencia, probidad y convivencia académica que han distinguido la actividad de la Universidad del Rosario. Que es necesario afianzar las relaciones académicas entre los miembros de la comunidad rosarista y orientar la ruta académica de los estudiantes de los programas de educación informal dentro de los estándares de calidad y excelencia académica. Decreta: Adoptar para los estudiantes de los programas de educación continua de la Universidad del Rosario el presente Reglamento Académico; estatus de los estudiantes de educación informal; Programas o eventos de educación informal; Cursos o programas vacacionales para menores de edad; Cursos o diplomados de actualización; Oferta; Derechos pecuniarios; Inscripción; Admisión; Matrícula; Sustitución, Reserva de cupo; Asistencia; Retiro; Certificación; y Derechos y Deberes de los estudiantes admitidos en la oferta académica de educación continua e informal de la universidad del Rosario.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1691: Por el cual se actualizan las condiciones de las becas e incentivos como reconocimiento a los estudiantes que obtengan resultados sobresalientes en el Examen de Calidad en la Educación Superior Saber-Pro y se deroga el Decreto 1508 de 2017(2021-04-29) Universidad del Rosario, Secretaria General; Cheyne García, José Alejandro; Cheyne-García, AlejandroPor el cual se actualizan las condiciones de las becas e incentivos como reconocimiento a los estudiantes que obtengan resultados sobresalientes en el Examen de Calidad en la Educación Superior Saber-Pro y se deroga el Decreto 1508 de 2017.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1694: Por el cual se expide la Política de Gestión de Datos e Información Institucional en la Universidad del Rosario(2021-06-04) Universidad del Rosario. Dirección de Planeación y Efectividad Institucional; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector de la Universidad del Rosario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las Constituciones que rigen la Universidad, en virtud de la autonomía universitaria establecida en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que, una de las apuestas de la Universidad del Rosario es la gestión de los datos y la información institucional, que fomente una cultura sostenible basada en datos y facilite la toma de decisiones. Decreta: Expedir la POLÍTICA DE GESTIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN INSTITUCIONAL EN LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, Versión 1.0 de mayo de 2021, que se anexa al presente Decreto Rectoral y en la cual se contempla: Definición de la política; Objetivo general de la política; Objetivos específicos de la política; Alcance de la política; Modificación de la política y vigencia de la misma.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1695: Por el cual se da alcance transitorio al Decreto 1691 de 2021 para su aplicación(2021-06-10) Universidad del Rosario, Secretaria General; Cheyne García, José Alejandro; Cheyne-García, AlejandroEl presente decreto da claridad al alcance de la vigencia a partir de la cual es aplicable el Decreto Rectoral 1691 del 29 de abril de 2021, con relación a los resultados del SABER PRO obtenidos con anterioridad a su expedición.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1700: Por el cual se expide el nuevo Reglamento de Movilidad Académica de la Universidad del Rosario.(2021-07-23) Universidad del Rosario, Secretaria General; Universidad del Rosario. Cancillería; Cheyne García, José Alejandro; Lleras Figueroa, CatalinaEl Rector de la Universidad del Rosario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las Constituciones que rigen esta Universidad, en virtud de la autonomía universitaria establecida en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia. CONSIDERANDO: Que, en el marco de las estrategias de internacionalización y regionalización, la Universidad ha visto la necesidad de actualizar los lineamientos, criterios, condiciones y modalidades para la movilidad académica internacional y nacional de estudiantes, tanto saliente como entrante. Que, para efectos de lo anterior, se diseñó una nueva versión de reglamento para mayor comprensión, aplicación y cumplimiento por parte de la comunidad estudiantil, el cual se adoptada mediante el presente Decreto Rectoral. DECRETA: Acoger el “REGLAMENTO DE MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO”, versión 1.0 de julio de 2021, el cual se anexa al presente Decreto Rectoral y define (Tipos de movilidad: Intercambio estudiantil, Doble titulación, Virtual Exchange, Coterminal internacional, Codirección de trabajos asociados a la formación en investigación, Escuela de verano y de invierno, Voluntariado, Cursos cortos, Visitas internacionales, Cursos de idiomas, Internado electivo Internacional, Módulos selectivo de profundización, Salidas de campo internacional, Estancias de investigación, Otros tipos de modalidades entrante y saliente) los reglamenta y se establecen disposiciones como Alcance, Modificación y Vigencia.
- ÍtemAcceso AbiertoDecreto Rectoral 1710: Reglamento Institucional de Prácticas de la Universidad del Rosario(2021-09-07) Universidad del Rosario, Secretaria General; Cheyne García, José Alejandro; Villegas González, Germán; Cheyne-García, Alejandro; Villegas González, GermánSe hace necesario expedir un reglamento institucional para todas las unidades académicas que refleje la normativa nacional que regula la vinculación a los estudiantes de todas las facultades y escuelas en los escenarios de práctica. Este reglamento da alcance y enfoque a la atribución consagrada a los Consejos Académicos en los reglamentos académicos para expedir en sus programas la reglamentación específica de prácticas de los estudiantes de la Universidad del Rosario.