Responsabilidad del contratista y cumplimiento del contrato estatal
Data
2003Share
Citas
Resumo
El contrato estatal se define como un acto jurídico generador de derechos y obligaciones, celebrado entre una entidad estatal y un particular, con el cual se busca, al tenor del artículo segundo de la Constitución Política de 1991, el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ella en la consecución de los citados fines. Por la preeminencia y protección del interés público, la ley ha investido a la entidad estatal de poderes excepcionales de interpretación, modificación y terminación unilaterales, sometimiento a las leyes nacionales, caducidad y reversión, con lo cual, desde la suscripción del contrato, coloca al contratista en una posición de desventaja frente a la entidad estatal