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Acceso Abierto
La facultad de modificación unilateral en los contratos de distribución de acuerdo con la jurisprudencia arbitral
Título de la revista
Autores
Guerrero-Castro, Diana-María
Archivos
Fecha
2010-06-11
Directores
Cárdenas Mejía, Juan Pablo
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad del Rosario
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Resumen
Las partes pueden pactar cláusulas de modificación unilateral en los contratos de distribución, puesto que dicha facultad se encuentra fundamentada en el ejercicio de la autonomía de la voluntad, por medio del cual las partes pueden elegir la manera y la figura mediante la cual van a desarrollar sus relaciones. Sin embargo, dicha facultad no es absoluta y tiene un límite en el orden público y las buenas costumbres.
Particularmente en el contrato de distribución, por ser atípico, esta facultad presenta mayor relevancia pues al analizar sus elementos esenciales, no se puede acudir a la ley, sino que se debe acudir a la costumbre y a la práctica mercantil. Para analizar e interpretar la facultad de modificación unilateral, los tribunales arbitrales parten del principio de buena fe, a través del cual se analiza si el ejercicio de dicha facultad es abusivo, pues se ha establecido que este tipo de cláusulas no son en sí mismas abusivas.
El análisis trazado se realiza de acuerdo con el del principio de la buena fe en las diferentes etapas de la negociación, debiendo estar presente a su vez durante toda la negociación y posteriormente durante su ejecución. Así, entonces, los árbitros analizan si la cláusula de modificación unilateral fue pactada, es decir que se revisa la validez de la misma y, en segundo lugar, se analiza si el ejercicio de la cláusula fue abusivo, es decir si conllevó a un abuso del derecho o a un abuso de la posición dominante en el contrato.
Abstract
The parties may agree on a unilateral modification clause in a
distribution contract, since such power is founded upon the autonomy
of will, through which the parties may choose the way and figure they
wish to develop their relationship. However, such power is not
absolute and is limited by public order and tradition.
Particularly in the distribution contact, because of its atypical
nature, this power is more relevant because, when analyzing its
essential elements, the law might not be consulted, rather tradition
and mercantile practice must be. To analyze and interpret the power of
unilateral modification, arbitration tribunals start from the good
faith principle, through which the conclusion is reached on whether or
not the use of such power is abusive, since it has been established
that these types of clauses are not abusive themselves.
The analysis within was effected in accordance with the principle of
good faith in the different stages of negotiations, it having to be
present during the entire negotiation and its subsequent execution.
Therefore, arbiters analyze whether or not the unilateral modification
clause was agreed upon or not and check if it is valid, additionally
they must analyze if the use of the clause was abusive, in other words
if it led to an abuse of the law or an abuse of the dominant position
in the contract.
Palabras clave
Derecho comercial , Jurisprudencia , Cláusula de modificación unilateral , Arbitral
Keywords
Unilateral modification clause , Arbitral jurisprudence