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La virtualidad de la reparación directa como recurso efectivo y adecuado para la reparación de violaciones de derechos humanos


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Fecha
2012

Directores
Abello Galvis, Ricardo

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Resumen
El presente documento tiene los siguientes propósitos: (i) identificar cuál es la postura de la CrIDH y de la CIDH con relación a la reparación directa; (ii) determinar si la reparación directa es un recurso judicial interno efectivo y adecuado para reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, en los casos que exista responsabilidad extracontractual del Estado; (iii) establecer si existe la obligatoriedad de interponer y agotar la reparación directa antes de acudir al SIDH; y (iv) comprobar si las sentencias del Consejo de Estado, proferidas en los procesos de reparación directa relacionados a violaciones de derechos humanos, cumplen con los estándares establecidos por el SIDH en materia de reparaciones. En virtud de lo anterior, el marco del presente trabajo de investigación se encuentra delimitado a la reparación directa como mecanismo judicial para reparar las violaciones de derechos humanos en Colombia, sin perjuicio de la existencia de otros recursos judiciales internos colombianos que sirvan como mecanismo judicial para brindar dichas reparaciones. De igual modo, se realizará un análisis delimitado de la reparación en el marco judicial, a pesar que existan otros mecanismos de carácter no judicial que sean efectivos y adecuados para reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos. Asimismo, se hará un análisis de la virtualidad de la reparación directa como recurso judicial interno efectivo y adecuado frente a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sin perjuicio de emplearse fuentes de conocimiento del Sistema Universal de Derechos Humanos con el fin de brindar herramientas interpretativas para el objeto de la presente investigación, más no se realizará un análisis sobre su rapidez y sencillez, puesto que la efectividad de un recurso judicial interno no implica que el mismo sea o no sea rápido y sencillo15 y las posiciones de la CIDH y de la CrIDH se han cimentado principalmente sobre la efectividad de la reparación directa. Por último, en algunos apartes del presente documento se empleará la expresión “acción de reparación directa”, sin perjuicio de la modificación conceptual establecida por la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, a través de la cual dicho recurso debe ser considerado como un medio de control que se puede pretender dentro del proceso administrativo adelantado ante la jurisdicción contencioso administrativo y no como una acción. Lo anterior sucede ya que las fuentes de conocimiento de la presente investigación se han fundamentado en el concepto de acción de reparación directa, lo cual no altera el resultado de la investigación, tal como se analizará en el capítulo cuarto del presente documento. (Extracto de la Introducción).
Abstract
Palabras clave
Reparaciones por violaciones de Derechos Humanos , Reparación directa , Reparación integral , Responsabilidad extracontractual
Keywords
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