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Historia institucional de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Tomo I. Bogotá, grandes definiciones: 1810-1885

Título de la revista
Autores
Mayorga-García, Fernando-Humberto

Fecha
2011-01-01

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Editor
Alcaldía Mayor de Bogotá

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Resumen
Cómo ha cambiando nuestra ciudad desde 1538. Durante casi cuatro siglos fuimos una pequeña villa habitada por cientos o unos cuantos miles de personas. Hoy somos, sin contar los 19 municipios de la Sabana con los que tenemos todo tipo de relaciones económicas y sociales, ocho millones de almas. Hagámonos una idea de lo que es esa cifra. En 1938 Colombia tenía ocho millones de habitantes, lo que hoy tiene Bogotá. Para esa fecha en la capital vivían 325 mil seres humanos. Desde entonces, la población colombiana se ha multiplicado 6 veces, la bogotana 24. Definitivamente, mucha agua ha corrido debajo del puente de nuestra historia. Suele creerse, por ejemplo, que el rompimiento definitivo con España se dio a partir de 1819, tras la Batalla de Boyacá, y que desde entonces comenzó la historia de nuestras propias instituciones, lo cierto es que Colombia siguió aplicando la legislación española hasta 1857, cuando el Artículo 15 de la Ley 153 acabó con la vigencia del derecho peninsular al declarar abolidas “todas las leyes españolas”I y puso fin a más de 300 años de aplicación de normas administrativas y jurídicas que sustentaron el proceso de conquista y colonización, y que sirvieron para establecer ciudades, afianzar la autoridad, designar jueces, regidores, alcaldes, etc. En el caso bogotano, ese proceso de afianzamiento de la normativa administrativa española comenzó hacia 1541, al ser establecidas las llamadas Casas Reales, con el propósito de instituir las oficinas del supremo gobierno. La legislación española definió desde el comienzo de la conquista la estructura administrativa de todos los núcleos urbanos, sin tener en cuenta su tamaño ni su importancia económica. Según las instrucciones, “elegida la tierra, provincia y lugar en que se ha de hacer nueva población (…) ha de nombrarse el concejo, república y oficiales de ella, de forma que si hubiere de ser ciudad metropolitana, tenga un juez con título de adelantado, o alcalde mayor, o corregidor, o alcalde ordinario que ejerza la jurisdicción... dos o tres oficiales de la hacienda real, doce regidores, dos fieles ejecutores, dos jurados de cada parroquia, un procurador general, un mayordomo, un escribano de concejo, dos escribanos públicos, uno de minas y registro, un pregonero mayor, un corredor de lonja, dos porteros; y si diocesana o sufragánea, ocho regidores, y los demás oficiales perpetuos; para las villas y lugares, un alguacil, un escribano de concejo, y público y un mayordomo” .
Abstract
Palabras clave
Bogotá D.C. , Memoria histórica , Organización territorial en Colombia , Organización local , Historia de Cundinamarca
Keywords
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