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Acceso Abierto

Cobro coactivo no otributario y debido proceso, jurisprudencia "Aspectos relevantes y sus particularidades"

Título de la revista
Autores
Pedraza Rodriguez, Sonia del Pilar

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Fecha
2022-10-19

Directores
Plazas-Gomez, Clara Viviana

ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad del Rosario

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Resumen
Por regla general, las controversias que se presentan entre las personas naturales y jurídicas relacionadas con sus derechos y obligaciones suelen ser resueltas a través de la intervención de un juez, quien dirime el conflicto de manera imparcial y en derecho. En ese sentido, la administración pública, de forma excepcional, no se somete a la jurisdicción judicial para exigir el cumplimiento de sus actos, al gozar del privilegio de ejecutar sus propios actos sin la intervención de un tercero ajeno a la contienda, este privilegio se denomina: autotutela jurídica. La autotutela jurídica tiene un amplio espectro en la administración pública, precisamente, uno de los componentes es el cobro coactivo, el cual faculta a las autoridades de la ejecución por sí mismas hasta la última instancia (subasta de bienes), de la obtención del pago de la obligación ordenada en el acto administrativo. En el cobro coactivo no se observan los sujetos procesales propios de un juicio (accionante, accionado y juez), la administración actúa como juez y parte, situación privilegiada y neurálgica respecto de los derechos fundamentales de las personas, lo cual lleva a cuestionarse: Si en el ejercicio de las funciones del cobro coactivo la administración cumple con las garantías procesales, ¿qué se inscribe en el Debido Proceso?
Abstract
As a general rule, disputes that arise between natural and legal persons related to their rights and obligations are usually resolved through the intervention of a judge, who settles the conflict impartially and legally. In this sense, the public administration, exceptionally, does not submit to the judicial jurisdiction to demand compliance with its acts, as it enjoys the privilege of executing its own acts without the intervention of a third party unrelated to the dispute, this privilege is called: legal self-protection. Legal self-protection has a wide spectrum in the public administration, precisely, one of the components is coercive collection, which empowers the authorities to execute by themselves until the last instance (auction of goods), to obtain payment of the obligation ordered in the administrative act. In coercive collection, the procedural subjects of a trial are not observed (plaintiff, defendant and judge), the administration acts as judge and party, a privileged and neuralgic situation with respect to the fundamental rights of people, which leads to questioning: Yes In the exercise of the functions of coercive collection, the administration complies with the procedural guarantees, what is part of the Due Process?
Palabras clave
Cobro coactivo no tributario , Debido proceso en Colombia , Vía de apremio en la legislación española
Keywords
Non-tax coercive collection , Due process in Colombia , Way of recognition in Spanish legislation
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