La ausencia de defensa técnica como causal de nulidad en el proceso penal
Date
2000Share
Citation
Summary
Al Estado le corresponde el servicio público de la administración de justicia, contando para tal labor con la organización jurisdiccional que se encuentra regulada a través de las normas e instituciones previstas en la Constitución Política y las leyes en sentido genérico. En cuanto a la función punitiva que se ha tomado para sí el Estado, existe, empero, una estricta regulación normativa que reconoce la natural desventaja del particular al momento de enfrentarse al reproche penal que le hace el establecimiento con toda su poderosa organización. Por esta razón, dentro del Estado social de derecho se privilegia el interés del asociado frente a las imputaciones del organismo jurisdiccional, especialmente con un postulado que en forma amplia se reconoce como el "debido proceso".