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La etnia raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina frente a la Constitución de Colombia : elementos jurídicos para una discusión
Título de la revista
Autores
Torres Villarreal, María Lucia
Fecha
2007-07
Directores
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad del Rosario
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Resumen
El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento
jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho,
y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías
existentes en la Nación.
Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución
Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un
especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo
propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que
han determinado su legado histórico y cultural.
Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías
y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de
armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados
del choque de intereses de una y otra parte.
Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en
una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas
los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos
pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente
en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional
que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las
implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues
la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con
el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra
Nación.
El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar
el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica
colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada,
pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se
han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con
intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero
pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra.
En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a
situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter
étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la
presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno
evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social
y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama
no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de
acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real
existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de
la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un
sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto
de la colectividad.
Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la
metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el
análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros
de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también
al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas,
la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de
San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual
se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a
diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto
es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes
activistas y otras del común.
Abstract
Palabras clave
Etnia , Derechos humanos , Derechos culturales , Comunidad Raizal