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Análisis de los efectos generados por la decisión 391 sobre el régimen común de acceso a los recursos genéticos de la CAN, en el fenómeno de la biopiratería (1996-2010)

dc.contributor.advisorHernández Salgar, Ana María
dc.creatorGutiérrez Bayona, Adriana
dc.creator.degreeInternacionalista
dc.creator.emailadrianitagutierrez5@gmail.com
dc.date.accessioned2012-05-04T23:15:08Z
dc.date.available2012-05-04T23:15:08Z
dc.date.created2012-01-05
dc.date.issued2012
dc.descriptionDespués que muchos Estados se enriquecieran tanto intelectual como económicamente de la explotación o apropiación ilegal de la biodiversidad andina de la cual los miembros de la CAN eran país de origen, surge la necesidad de proteger la riqueza de la región, razón por la cual nace la Decisión 391 en 1996 sobre un Régimen Común de Acceso a Recursos genéticos. De esta manera los países miembros de la CAN se convirtieron en los primeros con un mecanismo de control para el acceso a los recursos genéticos y partición equitativa de los beneficios; buscando con ello sentar bases para la creación de conocimientos sobre el tema, el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas, y la promoción del uso sostenible de los recursos. Sin embargo por razones de carácter nacional la implementación del mismo no ha progresado, generando que los casos de biopiratería aumenten e incluso sean difíciles de prevenir. Siendo este un tema de gran relevancia para Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, esta monografía examinará en las siguientes páginas la reglamentación nacional para comprender a mayor profundidad los defectos y/o cualidades de las decisiones tomadas por los Estados para la aplicación de la Decisión 391, y así mismo evidenciará las razones por las cuales la implementación de la Decisión no ha tenido éxito total sobre el control de la biopiratería, entre ellas la falta de reglamentación, la especificación de roles, la concientización ciudadana e incluso información al público en general.spa
dc.description.abstractAfter some States obtained intellectual and economical resources from the exploitation or illegal appropriation of the Andean biodiversity, arises the necessity of protecting the region richness; for this reason, in 1996 the CAN members created the Decision 391: Common Regime on Access to Genetic Resources. In that way the Andean Countries became the firsts with a mechanism of control on the access to genetic resources and the fair and equitable sharing of benefits; with it the CAN was seeking for building the basis for the creation of environmental knowledge, the development of scientific and technological capacities, and the promotion on the sustainable use of resources. Nonetheless, because of national character reasons the implementation of this supranational law has not progressed, on the contrary more cases of biopiracy have seem to appear and have even become more difficult to prevent. Being illegal appropiation a topic of great relevance for Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú and Venezuela, this thesis will examine in the following pages the national regulation, in order to understand profoundly the defects and qualities of the decisions taken by the Andean States for the application of the decision 391; and also show the reasons why the implementation has not have complete success on the control of biopiracy, within one can find the absence of regulation, roles specification and public awareness.eng
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.format.tipoDocumentospa
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.48713/10336_2995
dc.identifier.otherTRI 0094 2011
dc.identifier.urihttp://repository.urosario.edu.co/handle/10336/2995
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad del Rosariospa
dc.publisher.departmentFacultad de Relaciones Internacionalesspa
dc.publisher.programRelaciones Internacionalesspa
dc.rights.accesRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.accesoAbierto (Texto completo)spa
dc.rights.ccAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiaspa
dc.rights.licenciaEL AUTOR, manifiesta que la obra objeto de la presente autorización es original y la realizó sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARÁGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, EL AUTOR, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad actúa como un tercero de buena fe. EL AUTOR, autoriza a LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, para que en los términos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993, Decisión andina 351 de 1993, Decreto 460 de 1995 y demás normas generales sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización.spa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
dc.source.instnameinstname:Universidad del Rosariospa
dc.source.reponamereponame:Repositorio Institucional EdocURspa
dc.subjectBiopirateríaspa
dc.subjectDecisión 391spa
dc.subject.keywordBiopiracyeng
dc.subject.keywordDecision 391eng
dc.subject.lembConservación de los recursos genéticos::Legislaciónspa
dc.subject.lembConservación de los recursos naturales::Legislaciónspa
dc.subject.lembDiversidad biológica::Legislaciónspa
dc.titleAnálisis de los efectos generados por la decisión 391 sobre el régimen común de acceso a los recursos genéticos de la CAN, en el fenómeno de la biopiratería (1996-2010)spa
dc.typebachelorThesiseng
dc.type.hasVersioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersion
dc.type.spaTrabajo de gradospa
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