Ítem
Acceso Abierto

La ineficacia del traslado de régimen pensional: ¿responsabilidad de los fondos privados?
Título de la revista
Autores
Marta Brijaldo, Edgar Alexander
Archivos
Fecha
2023-04-01
Directores
Rodríguez Casallas, José Luis
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad del Rosario
Buscar en:
Métricas alternativas
Resumen
Los fondos privados de pensiones tienen desde su creación el deber de informar adecuadamente a los usuarios al Sistema General de Pensiones sobre las incidencias de su traslado de régimen pensional; deber que evolucionó desde el artículo 97 del Decreto 6632 de 1993 hasta la Ley 1748 de 20143, impulsados por pronunciamientos de la Corte Suprema que ha desarrollado el tema de la eficacia de los traslados de régimen pensional. Ahora bien, es necesario manifestar que estas asesorías de traslado de régimen pensional se brindaban de manera verbal, no escrita, y en estas se le presentaba a los usuarios del Sistema General de Pensiones la existencia del régimen de ahorro individual y se realizaba un paralelo comparativo con el régimen de prima media administrado por el ISS, hoy Colpensiones, y que solo hasta con la entrada en vigencia de la ley anteriormente mencionada se le ordenó a los fondos privados otorgar documentos distintos al formulario de afiliación que dieran cuenta de la información suministrada en el momento de realizarse el traslado de régimen pensional. Dicho esto, pasaremos entonces a analizar la evolución del deber de información. Así las cosas, el propósito de este capítulo es poner en discusión la decisión del máximo órgano de cierre jurisprudencial sobre la ineficacia del traslado. Para lograr lo anterior, se abordará el tema estableciendo la diferencia que existe entre nulidad y eficacia, el concepto de nulidad y el concepto de ineficacia, para después estudiar con sustento en varias sentencias el argumento central para declarar las ineficacias del traslado desde el régimen de prima media hacia el régimen de ahorro individual. Finalmente, se revisará cuál era el deber de información al que estaba obligada cada AFP con cada una de las normas que regulan dicha obligación al momento de realizarse el traslado de régimen pensional. La metodología utilizada fue cualitativa, con enfoque argumentativo4, dado que se estudia principalmente la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en materia de ineficacias y nulidades del traslado como factor externo que interviene en la libertad de elección.
Abstract
Private pension funds have, since their creation, the duty to adequately inform users of the General Pension System about the incidents of their transfer of pension regime; duty that evolved from article 97 of Decree 6632 of 1993 to Law 1748 of 20143, driven by pronouncements of the Supreme Court that has developed the issue of the effectiveness of transfers of pension regime. However, it is necessary to state that these advisories for the transfer of the pension regime were provided verbally, not in writing, and in these the existence of the individual savings regime was presented to the users of the General Pension System and a comparative parallel was carried out. with the average premium regime administered by the ISS, today Colpensiones, and that only with the entry into force of the aforementioned law were private funds ordered to grant documents other than the affiliation form that would account for the information provided in the moment of the transfer of pension regime. That being said, we will then move on to analyze the evolution of the duty to provide information. Thus, the purpose of this chapter is to discuss the decision of the highest jurisprudential closing body on the ineffectiveness of the transfer. To achieve the above, the issue will be addressed establishing the difference between nullity and effectiveness, the concept of nullity and the concept of ineffectiveness, to later study with support in several sentences the central argument to declare the ineffectiveness of the transfer from the regime of average premium towards the individual savings regime. Finally, it will be reviewed what was the duty of information to which each AFP was obliged with each one of the norms that regulate said obligation at the time of the transfer of the pension regime. The methodology used was qualitative, with an argumentative approach4, given that the jurisprudence of the Supreme Court of Justice on the matter of ineffectiveness and nullity of the transfer as an external factor that intervenes in the freedom of choice is mainly studied.
Palabras clave
Ineficacia del traslado , Deber de información , Régimen de Prima Media , Régimen de ahorro individual , Nulidad del traslado , Régimen pensional , Sistema general de pensiones , Fondos privados , Colpensiones , Libertad de elección
Keywords
Colpensiones , Inefficacy of the transfer , Duty of information , Average premium regime , Individual Savings Regime , Nullity of the transfer , Pension system , General pension system , Private funds , Freedom of choice