Anuario Colombiano de Derecho Internacional - ACDI
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Encuentre en este número las siguientes contribuciones:
Editorial: Ferias del libro y edición universitaria
Debate:Uso de las licencias Creative Commons en las publicaciones académicas de Latinoamerica / por Carolina Botero.
Al encuentro con...De la clase al libro: caricatura económica en Colombia / por Juanita Villaveces Niño.
Actualidad:Avanços das editoras universitárias brasileiras / por Flavia Goulart Rosa.
Opinión: Un camino de formación / por Tatiana Fadul Aguirre.
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- ÍtemSolo MetadatosInternational Law Observatory: International Activity 2008(Universidad del Rosario, 2010) Autores, VariosObservatorio de Derecho Internacional: actividad internacional 2008
- ÍtemSolo MetadatosEditorial(Universidad del Rosario, 2010) Abello Galvis, RicardoEste documento contiene en texto completo el articulo Editorial publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 3 (2010): Volumen Especial; 7 - 8;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 3 (2010): Volumen Especial; 7 - 8;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 3 (2010): Volumen Especial; 7 - 8;2145-4493;2027-1131
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- ÍtemSolo MetadatosMedidas interinas de protección en arbitraje CIADI(Universidad del Rosario, 2011) Camargo García, AndreaDurante la solicitud de medidas provisionales, es posible encontrarse en circunstancias apremiantes susceptibles de justificar la exigencia de una protección inmediata del tribunal mientras este decide la solicitud de medidas provisionales. En este contexto, algunos demandantes en casos ante el CIADI han incluido, de forma complementaria, una petición para que se emita una medida interina de protección en el marco de sus solicitudes de medidas provisionales. Tal petición está destinada a obtener del tribunal arbitral una recomendación que prohíba a la contraparte alterar el statu quo y agravar la controversia, mientras tiene lugar la sustanciación y decisión de la medida provisional de fondo.Los Tribunales Arbitrales CIADI, al estar frente a tal tipo de solicitudes, se han encontrado con la dificultad de no encontrar ningún tipo de previsión en la Convención CIADI o en las Reglas de Arbitraje CIADI, que contemple expresamente la facultad para dictar medidas interinas de protección.Ante similar dificultad se han enfrentado otros tribunales internacionales, los cuales han concluido que la facultad de dictar medidas interinas de protección se encuentra implícita en la facultad de dictar medidas provisionales y se basa en los principios generales del derecho internacional que fundamentan la facultad para dictar medidas provisionales. La práctica adoptada por estos tribunales internacionales ante la solicitud de medidas interinas de protección, es de gran utilidad para los tribunales arbitrales CIADI, toda vez que estos tribunales deben decidir conforme a los principios generales del derecho, tal y como lo dispone el artículo 42 de la Convención.
- ÍtemSolo MetadatosEditorial(Universidad del Rosario, 2011) García Matamoros, Juana Laura VictoriaEste documento contiene en texto completo el articulo Editorial publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 3 (2010): ACDI; 7-9;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 3 (2010): ACDI; 7-9;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 3 (2010): ACDI; 7-9;2145-4493;2027-1131
- ÍtemSolo MetadatosThe Doubtful Jurisdiction of the Security Council to Adopt Certain Measures Since 1990(Universidad del Rosario, 2011) Torrecuadrada, SoledadDesde el comienzo de la década de 1990, el Consejo de Seguridad ha multiplicado su actividad cuantitativa y cualitativamente. No todas las acciones emprendidas desde entonces parecen acomodarse a las competencias atribuidas por la Carta en su Capítulo VII aunque el Consejo lo utilice como fundamento formal. El estudio de algunas decisiones controvertidas subraya el comportamiento del Consejo, excediéndose del ámbito competencial atribuido por la Carta y la ausencia de contrapesos institucionales que permitan controlar la validez de este órgano principal de las Naciones Unidas.
- ÍtemSolo MetadatosPush button parliament–why India needs a non-partisan, recorded vote system(Universidad del Rosario, 2011) Patil, ShalakaDecisions of national importance are made by Parliamentary voting. Yet Indian Members of Parliament (MPs) vote with a remarkable lack of freedom and accountability. The introduction of the Tenth Schedule in the Constitution has crippled free expression, since it provides that MPs voting against ‘any direction’ of their Party are liable to disqualification from the legislature. In addition, except for Constitutional amendments, Indian Parliamentary Procedure Rules do not require votes of MPs to be recorded unless the Speaker’s decision is contested in the House. The result is that voting in the House has become mechanical, controlled by Party politics and devoid of responsibility. This paper comments on a general theory of democratic accountability through the lens of Parliamentary voting. It suggests that the voting system adopted in the Parliament is an effective indicator to measure the level of accountability of its Members. In the context of India, this paper argues that the level of accountability will increase to a desirable extent only when there is adoption of a recorded system for every important House vote. Upon examination of India’s record thus far (through the sample of the 14th Lok Sabha) it becomes evident that the level of divisions (recorded votes) is substantially lower than other countries. This leads the paper to probe, as to why that might be the case. Part II of the paper answers that question by examining the Tenth Schedule of the Constitution.The paper scrutinizes the disproportionate influence of the Party in decision making in the Parliament. Apart from dealing with the inherent problem of the Tenth Schedule, this paper suggests two procedural changes to make parliamentary expression more meaningful. Firstly, the recording of all important votes within the Parliament and secondly, registering Party whips with the Minister of Parliamentary Affairs so that the voter knows the clear stand of every Parliamentary continuum. The focus of the paper is thus to bring back the attention of the legislators to their central function, which is deliberation on and the passage of legislation.
- ÍtemSolo MetadatosAdvisory opinion of the International Court of Justice on the accordance with international law of the unilateral declaration of independence in respect of Kosovo(Universidad del Rosario, 2011) Corte Internacional de Justicia,Este documento contiene en texto completo el articulo Advisory opinion of the International Court of Justice on the accordance with international law of the unilateral declaration of independence in respect of Kosovo publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 4 (2011): ACDI; 243-308;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 4 (2011): ACDI; 243-308;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 4 (2011): ACDI; 243-308;2145-4493;2027-1131
- ÍtemSolo MetadatosThe Applicability of International Law of Human Rights in Internal Judicial Order(Universidad del Rosario, 2011) Kamara, MactarDe nos jours, les particuliers peuvent se prévaloir, devant les autorités judiciaires nationales, du droit international des droits de l’homme d’origine conventionnelle, à condition qu’il soit admis que celui-ci est partie intégrante du droit positif national. Les conventions internationales de sauvegarde des droits fondamentaux imprègnent l’ordre juridique interne soit par le biais de compléments internes d’ordre législatif ou réglementaire (logique dualiste), soit du seul fait de leur ratification suivie de leur publication officielle (logique moniste). En l’absence d’une réglementation internationale uniforme des critères de l’applicabilité directe, la difficulté d’identifier les traités de protection des droits de l’homme directement applicables dans l’ordre interne demeure réelle, notamment dans les Etats qui adhèrent à la conception moniste de l’ordre juridique. De façon décisive, la doctrine et la jurisprudence ont consacré deux critères d’identification des clauses conventionnelles autoexécutoires (self-executing), à savoir le critère subjectif du destinataire de la norme internationale et le critère objectif du degré de normativité juridique de celle-ci. La difficulté de la tâche n’en est pas pour autant annihilée comme en atteste, dans le cadre de l’affaire Hissène Habré, la vive controverse sur le caractère prétendument self-executing de la Convention contre la torture.
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- ÍtemSolo MetadatosLa responsabilité de protéger: Mauvaises querelles et vraies questions(Universidad del Rosario, 2011) Szurek, SandraEl principio de responsabilidad que lleva a que todo Estado proteja su población en el interior de sus fronteras contra crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, genocidio o limpieza étnica fue admitido y reconocido en el documento final adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en la conferencia mundial del año 2005. A partir de esa fecha, la noción de responsabilidad de proteger es objeto de un profundo trabajo de reflexión en el seno de las Naciones Unidas, aprovechando que tiene un amplio apoyo de la comunidad internacional, aunque también tiene sus detractores. La presente contribución tiene por objeto mostrar, independientemente del proceso de intención hechos al concepto, las preguntas y dificultades que su aplicación puede acarrear en las diferentes fases de su ejecución por parte del Estado al que le corresponde en primer lugar; o a la comunidad internacional que asume esa responsabilidad, a modo subsidiario, en caso de imposibilidad o de falta de voluntad del Estado hacia el cumplimientode esta obligación. Precisar los diferentes medios y condiciones que conlleva la noción de responsabilidad de proteger. Hoy en día se ha vuelto apremiante en la medida en que hechos como los de Libia han hecho que sea necesario pasar de la teoría a la práctica en lo relativo a este concepto.
- ÍtemSolo MetadatosInternational Law Observatory: International Activity 2009(Universidad del Rosario, 2011) Autores, VariosEste documento contiene en texto completo el articulo Observatorio de Derecho Internacional: Actividad Internacional 2009 publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 3 (2010): ACDI; 271-411;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 3 (2010): ACDI; 271-411;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 3 (2010): ACDI; 271-411;2145-4493;2027-1131
- ÍtemSolo MetadatosInternational Law Observatory: International Activity 2010(Universidad del Rosario, 2011) Observatorio de Derecho InternacionalEste documento contiene en texto completo el articulo Observatorio de Derecho Internacional: Actividad internacional 2010 publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 4 (2011): ACDI; 311-448;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 4 (2011): ACDI; 311-448;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 4 (2011): ACDI; 311-448;2145-4493;2027-1131
- ÍtemSolo MetadatosSeparate Opinion and their repercussion over the independence of the international judge(Universidad del Rosario, 2011) Malenovský, JiříDiferentes puntos de vista para determinar el alcance del secreto de las deliberaciones en varios tribunales internacionales han conllevado a que algunos jueces tienen el derecho de presentar opiniones separadas; mientras que otros no lo tienen. Teniendo en cuenta el rol y la misión de la jurisdicción internacional, los jueces deberían tener el derecho de presentar dichas opiniones separadas, tal y como sucede con los jueces del common law y con un amplio número de los jueces constitucionales. Sin embargo, estas analogías solo jugaron un rol marginal en los trabajos preparatorios del Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1920. Además, no les parecía políticamente correcto, a los Estados, que una opinión jurídica de un juez internacional, que los personifique a ellos o a su poder soberano, fuera condenado al anonimato en virtud del principio del secreto de las deliberaciones, como consecuencia de un "tecnicismo" consistente en que dicha opinión haya sido derrotada por la mayoría en el momento de votar el proyecto de la sentencia. Hay reglas de derecho internacional público general que le garantizan un poder autónomo al poder judicial internacional. De acuerdo con las reglas de procedimiento de los tribunales internacionales, es claro que los jueces tienen el derecho de pronunciarse mediante una opinión separada, aun cuando este derecho no se encuentra tipificado de forma expresa en el Estatuto o en el tratado constitutivo de dicha entidad. Esta regla se presume a menos que se deduzca de la voluntad de los Estados parte lo contrario. El derecho relativo a las opiniones separadas puede ser analizado bajo la perspectiva de los jueces teniendo en cuenta el derecho que tienen a la libertad de expresión. De acuerdo con esta libertad, un juez internacional puede tener la libertad para demostrar, de forma sistemática, mediante opiniones separadas, las debilidades argumentativas de la mayoría. Evitando, obviamente, un estilo que sea ofensivo hacia sus colegas. Esta forma de expresarse es considerada inofensiva hacia la autoridad judicial. Los efectos positivos por la ausencia, o de la prohibición, de las opiniones separadas, si las hay, con relación a la independencia de los jueces internacionales no son fáciles de determinar; sin embargo, este tipo de medidas que restringen la libertad de expresión de los jueces no son lo suficientemente efectivas ni proporcionales para legitimar su objetivo. Hay herramientas más efectivas y menos restrictivas que conllevan al mismo resultado (por ejemplo, un mandato no renovable de los jueces internacionales).
- ÍtemSolo MetadatosRestraining orders and foreigner’s right to respect for privacy and family life in Europe(Universidad del Rosario, 2012) Estupiñán Silva, RosmerlinLa regulación de los flujos migratorios en Europa produce una tensión constante entre el ejercicio soberano del control fronterizo y el deber estatal de respeto a los derechos humanos. En este sentido, la Corte Europea de Derechos Humanos ha desarrollado una jurisprudencia que trata de restablecer el equilibrio entre el respeto a la vida privada y familiar de los extranjeros y la legitimidad de las medidas de alejamiento dictadas por los Estados. Este artículo de reflexión estudia la aplicación del artículo 8 de la Convención Europea de los Derechos Humanos: “Derecho al respecto de la vida privada y familiar”, teniendo en cuenta el llamado margen naciona lde apreciación de los Estados y el análisis de la proporcionalidad, en la jurisprudencia de la Corte. Acto seguido, esta reflexión muestra la evolución jurisprudencial en la materia, para finalizar con un balance entre la efectividaddel artículo 8 de la Convención, habida cuenta del endurecimiento de las condiciones y garantías dadas a la población extranjera en Europa y de la adaptación de las legislaciones nacionales a los mandatos de la Corte.
- ÍtemSolo MetadatosRestraining orders and foreigner’s right to respect for privacy and family life in Europe(Universidad del Rosario, 2012) Corredor Carvajal, IlichLa eficacia de la lucha contra la impunidad y la efectiva protección de los derechos humanos permanecen condicionadas en gran medida a la concepción de la competencia judicial y su ejercicio. A partir del estudio del caso Hissène Habré, como asunto de relevancia internacional en materia penal y de derechos humanos, el presente artículo analiza el funcionamiento de la competencia judicial en las experiencias de la justicia senegalesa y en especial de la Corte Africana de derechos Humanos y de los Pueblos, así como las caracteristicas del sistema regional de proteccion, luego de identificar un denominador común según el cual la soberanía estatal y los intereses políticos primarían sobre los derechos de las víctimas y la justicia. Las reflexiones sobre la competencia judicial y el principio de competencia universal van más allá del marco jurídico establecido por la convención contra la tortura de 1984 y con ese enfoque son efectuadas ciertas consideraciones que facilitarían la acción de la justicia en condiciones de igualdad y efectividad en un preciso contexto regional.
- ÍtemSolo MetadatosEditorial(Universidad del Rosario, 2012) García Matamoros, Juana Laura Victoria; González Ibáñez, JoaquínEditorial
- ÍtemSolo MetadatosTranslation of the decision of the International Court of Justice related to the “Territorial and Maritime Dispute” (Nicaragua v. Colombia). Judgment(Universidad del Rosario, 2012) Abello Galvis, Ricardo; Arévalo Ramírez, Walter Orlando; Sarmiento, Andrés; Caro Ferneynes, María CarolinaSe presenta a continuación una traducción no oficial al idioma españoldel texto de la Sentencia proferida por la Corte Internacional de Justicia el 19de Noviembre de 2012, del caso Controversia Territorial y Marítima (Nicaragua c.Colombia). El texto original de la Sentencia puede ser consultado en la páginaWeb de la Corte, en la siguiente dirección: http://www.icj-cij.orgLa presente traducción es exclusivamente para fines de divulgacióny no tiene carácter oficial.
- ÍtemSolo MetadatosThe Advisory Opinion of the International Tribunal for the Law of the Sea: Matters related to the determination of effective link between the States and the legal persons they sponsor to carry out activities in the Area(Universidad del Rosario, 2012) Guerrero Peniche, Juan NicolásNo obstante la existencia de un instrumento convencional en la materia, el derecho del mar en general, y lo relativo a la explotación de minerales en la Zona, se encuentra aún en una fase de puesta en práctica y de definición fina de los derechos y obligaciones de los Estados. Uno de los ejemplos que se ha hecho patente es lo relativo a las obligaciones de aquellos Estados que patrocinan a particulares a fin de llevar actividades de exploración y explotación de los recursos de la Zona. Esta cuestión fue remitida en 2010 por la Autoridad Internacional de Fondos Marinos al Tribunal Internacional de Derecho del Mar a fin de que este la dilucidara. La Opinión Consultiva que emitió el Tribunal presenta conclusiones de particular relevancia en materia de la determinación de un vínculo efectivo entre las personas jurídicas y los Estados que las patrocinan. Esta cuestión, que juega un papel determinante a fin de lograr una eficaz protección del medio marino en el marco del mecanismo de patrocinio para la exploración y explotación de los recursos en la Zona, conlleva importantes consecuencias para las actividades en áreas reservadas.
- ÍtemSolo MetadatosInternational Law Observatory: International Activity 2011(Universidad del Rosario, 2012) Autores, VariosEste documento contiene en texto completo el articulo Observatorio de Derecho Internacional: Actividad Internacional 2012 publicado en ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional; Vol. 5 (2012): ACDI; 479-597;Annuaire Colombien de Droit International - ACDI; Vol. 5 (2012): ACDI; 479-597;Colombian Yearbook of International Law - CYIL; Vol. 5 (2012): ACDI; 479-597;2145-4493;2027-1131